Reglamento General para la administración y realización del Impuesto de Derechos Reales, 1907

Antecedentes históricosLeyes fiscalesVizcaya

Reglamento General para la administración y realización del Impuesto de Derechos Reales 
(1907) 

Artículo21 

[…] 

Los bienes que los cónyuges adquieran en virtud de la comunicación foral establecida en la ley 
primera,  título  20  del  Fuero,  serán  considerados  como  haber  legitimario  para  los  efectos  de 
este artículo. 

[…] 
 

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