Jurisprudencia

SAP de Bizkaia, sec. 5ª – 04/07/2008

servidumbre de pasousucapión
La adquisición por usucapicón de servidumbre de paso usada desde tiempo inmemorial, al amparo del art. 128 Ley 3/1992 exige que el demandante acredite que la posesión se ha hecho a título de dueño, pública, pacífica y no interrumpida, no teniendo este carácter los actos de mera tolerancia o complacencia del propietario del supuesto fundo sirviente, acreditación que, de haberse producido la utilización de dichos caminos con el…

SAP de Bizkaia, sec. 4ª – 10/07/2008

bienes privativoscomunicación foral de bieneslegitimación pasiva
Como quiera que el régimen económico matrimonial del actor es de comunicación foral y la vivienda elemento privativo de la propiedad horizontal privativa de su esposa, sin perjuicio de lo que ocurra cuando la comunicación foral se consolide o se disuelva; como quiera que sólo el ella tiene capacidad de administración sobre dicho bien privativo (art. 100 de la Ley 3/1992) ella es la única legitimada pasivamente sobre…

SAP de Bizkaia, sec. 4ª – 14/11/2008

servidumbre de paso
Es cuestión ajena al procedimiento sumario de suspensión de obra nueva, si un camino de carácter público o privado o si opera o no la prescripción de servidumbre de paso atendiendo a los arts. 128 a 130 de la Ley 3/1992, sin que, en ningún caso, estos preceptos legales autorizan al predio dominante para realizar obras de apertura de zanjas, soterramiento de canalización y ampliación de la anchura…

STSJ País Vasco (Social) – 07/01/2009

carácter constitutivo inscripciónpareja de hechopensión de viudedad
Conforme a la Ley 2/2003, la inscripción en el Registro constituye el acto que hace nacer la relación jurídica de pareja de hecho, que queda constituida a virtud del mismo, lo que determinará la aplicación del estatuto jurídico de la Ley 2/2003″. Por ello, en el País Vasco sólo pueden beneficiarse de la pensión de viudedad: «los miembros supérstites de aquellas parejas de hecho que figuren inscritas en…

SAP de Bizkaia, sec. 3ª – 29/01/2009

servidumbre de pasosuelo rústicosuelo urbanousucapión
No distingue el carácter de la servidumbre de paso en función del carácter de finca urbana o rústica, lo que se debe a que la Seccion Primera de la Ley 3/1992 relativa al ámbito territorial prevé en su artículos 5, 6 y 7 al Infanzonado o Tierra Llana incluyendo la parte no aforada de las Villas y que el territorio no aforado estará integrado por el perímetro actual…

SAP de Bizkaia, sec. 4ª – 04/02/2009

bienes troncalesusufructo
El usufructo es un gravamen y, en cuanto afecte a bienes troncales, el mismo es nulo de pleno derecho (art. 60 Ley 3/1992). Consecuencia de ello el legado de usufructo que grava un bien troncal no anula el testamento sino que estamos en presencia de una disposición que podría ser reducida por inoficiosa ex art. 817 del C.c.

SAP de Álava, sec. 1ª – 13/02/2009

normas contractualesvecindad civil
Por tanto, a falta de un expreso sometimiento de las partes a una norma concreta, no existiendo una ley personal común, en cuanto a la actora le afecta el Derecho Foral Navarro y a la demandada el del Código Civil, no pudiéndose determinar la residencia de la demandada en Pamplona, debe aplicarse la ley correspondiente al lugar del contrato, que indiscutiblemente fue Pamplona y por tanto la norma…
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