Jurisprudencia

STSJ País Vasco – 23/01/2001

plazopoder testatorioprórroga tácita
Plantea la recurrente el problema de los poderes ya extinguidos o ejercitados antes de la entrada en vigor de la Ley de 1992, y en este sentido habrá de decidirse que si el poder se extinguió en ese período de tiempo por sentencia firme, el principio de cosa juzgada hace inamovible aquella resolución y si el poder se ejercitó de forma tal que lo dispuesto se acomoda a…

SAP de Bizkaia, sec. 4ª – 19/02/2001

fraudenulidadtestamentovecindad civil
La testadora, contraviene lo preceptuado en el citado art. 14.1° del C.c., excluye de forma voluntaria la ley aplicable (art. 6.3 del C.c.), en perjuicio de terceros (art. 6.2 del C.c.) e incluso pudiera hablarse de un fraude de ley, (art. 6.4 del C.c.) pues en contra de lo establecido en los anteriores testamentos, el súbito sometimiento a la legislación foral, no parece tener otro motivo que el…

SAP de Bizkaia, sec. 4ª – 10/04/2001

plazo de caducidadplazo de prescripciónsaca foral
El punto nuclear del presente recurso consiste en determinar si el plazo de tres meses para ejercitar la llamada «saca foral» mediante el ejercicio de la acción de nulidad de la enajenación de un bien raíz, a que se refiere el art. 123 dLey 3/1992 es un plazo de caducidad, que por tanto no admite interrupción alguna, o lo es de prescripción en cuyo supuesto quedaría interrumpido por…

SAP Bizkaia, sec. 3ª – 11/05/2001

donaciónde caseríopacto sucesorio
La transmisión por donación del caserío con sus pertenecidos, como pacto sucesorio, no fue objeto de modificación sino de expreso reconocimiento por la Ley 3/1992, de 1 de julio, que en su artículo 26 establece que «La transmisión a título gratuito de un caserío con sus pertenecidos comprenderá, salvo disposición en contrario…».

SAP de Bizkaia, sec. 4ª – 15/06/2001

fraudenulidadtestamentovecindad civil
La alegación del testador de una vecindad civil foral que no se corresponde con la realmente ostentada al momento de otorgar el testamento es un fraude de ley, que impone aplicar la norma que se hubiere tratado de eludir, por tanto la desheredación injusta del Código civil, no la nulidad de pleno derecho de todo el testamento.

SAP de Bizkaia, sec. 5ª – 02/07/2001

fuero de Vizcaya de 1526régimen económico matrimonialvecindad civil
La demanda afirma que en el momento de contraer matrimonio en 1912 el marido tenia ya la vecindad civil aforada. Prevalece la versión de la demandada, que no estaba acreditada la condición de vizcaíno infanzón , por lo que en aplicación del artículo 15,5 original del Codigo Civil y 15,6 del actual, en caso duda prevalece la vecindad civil del lugar de nacimiento, esto es, la civil común,…
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