Los efectos de la comunicación foral de bienes operan entre marido y mujer, siendo por ello contrario a la norma que pueda producirse en una situación de disolución del vínculo por sentencia de divorcio, como ocurre en el supuesto contemplado en este recurso casacional, ya que la disolución del matrimonio únicamente da lugar a la subsistencia en los resultados de la comunicación, consolidándolos en el caso de fallecimiento de uno de los cónyuges dejando hijos comunes
