Al dejarle el testador al hijo lo mínimo posible frente a la atribución del resto del caudal hereditario a su hija junto con lo declarado por las testigos lo que evidencian es que ella quería aparta a su hijo y con ello nada dejarle, por lo que como entiende la Juzgadora esta era su voluntad cuando falleció, permitida por la regulación de las legítimas conforme a la ley foral vigente a la fecha de su fallecimiento.
