Procede aplicar la LDCV, es de aplicación esta norma (D.Tª.1ª) a la comunicación foral de bienes frustrada por divorcio. En consecuencia, el importe de la venta de un bien heredado es privativo, y al ser ingresado en la cuenta común, supone que se gastó «en interés de la familia», porque la cuenta atendía necesidades familiares cotidianas, por lo que debe ser reintegrado su valor actualizado (art. 145.1.c LDCV).
