Se solicita la declaración de nulidad del testamento por remisión contemplada en el art. 3 de la Ley 3/1992, al derecho supletorio representado por los arts. 682 y 683 en relación con los arts. 695 y 697 CC, sobre inidoneidad de uno de los testigos instrumentales, ante la imposibilidad de firma de la testadora, operando la nulidad del art. 687 CC. La parte apelante no ha esclarecido en qué consiste la disparidad de principios generales inspiradores del derecho civil común y del foral del País Vasco en torno a la inaplicación de las normas de Derecho común citadas. Por el contrario, el art. 29 Ley 3/1992 se remite expresamente en los testamentos abiertos a la legislación civil general respecto a las «formas de testar», mientras que en su Exposición de Motivos únicamente se circunscribe a la regulación del testamento por comisario y del testamento mancomunado.
