Cuando la comunicación foral concluye con la muerte de uno de los conyuges, este régimen económico foral no continúa tras la disolución del matrimonio dejando de ser aplicables las normas del régimen de comunicación foral y aún cuando no subsiste esta comunidad se establece un patrimonio estático e inmovil. No consolidándose la comunicación foral la comunidad de bienes resultante queda prácticamente en la misma situación que bajo el régimen de gananciales.

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