Formularios

8.5. Escritura de enajenación de bienes troncales en virtud del ejercicio del derecho de adquisición preferente por los parientes tronqueros

Nota- Efectuados los llamamientos forales en la forma establecida en al artículo 76 LDCV, el tronquero que pretenda adquirir el bien raíz debe comparecer ante el/la Notario/a en el plazo de un mes desde la notificación personal efectuada por el propio Notario/a, o dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación del edicto, estando obligado a prestar fianza en los términos establecidos en el artículo 77…

9.1. Designación de usufructuario poderoso con apartamiento de los legitimarios

Nota- Es una institución sucesoria propia del Valle de Ayala y rige en los términos municipales de Ayala, Amurrio y Okondo, y en los poblados de Mendieta, Retes de Tudela, Santacoloma y Sojoguti del municipio de Artziniega. Se halla regulado en los artículos 91 a 95 LDCV En el presente formulario se hace referencia al usufructo poderoso concedido al cónyuge sobreviviente, pero nada obsta a que pueda establecerse…

9.2. Institución de heredero con apartamiento de los legitimarios

Nota- En el Valle de Ayala, para los que ostenten dicha vecindad civil local, existe libertad absoluta para disponer de sus bienes de la forma que tengan por conveniente, mediante testamento, donación o pacto sucesorio, a título universal o singular, apartando a sus legitimarios con poco o mucho (artículo 89 LDCV).

9.3. Testamento abierto del caserío en Gipuzkoa

Nota- Los artículos 96 a 99 de la LDCV regulan las normas especiales acerca del caserío en Gipuzkoa, estableciéndose expresamente en el artículo 96 LDCV que la ordenación sucesoria del caserío en el territorio histórico de Gipuzkoa se regirá por las normas de la referida Ley acomodándose a las formas, instituciones y principios tradicionales de dicho territorio histórico. De conformidad con ello, en el presente testamento, el/la testador/a,…

9.4 Pacto sucesorio del caserío en Gipuzkoa

Nota- Dispone el artículo 99 de la LDCV que la transmisión a título gratuito de un caserío y sus pertenecidos comprenderá, salvo disposición en contrario, el conjunto del caserío y los terrenos ondazilegis, entendiéndose por caserío, de conformidad con el artículo 97 de la citada Ley una explotación agrícola o ganadera familiar constituida por una casa de labor, con diversos elementos muebles, semovientes, derechos de explotación, maquinaria, instalaciones…

10.2. Pacto sucesorio con transmisión post mortem de los bienes de la herencia

Nota- Los artículos 105 y 106 LDCV regulan los efectos de la designación sucesoria con transmisión post mortem de los bienes, la adquisición de la cualidad de sucesor y la disposición de los derechos del instituido. Como en el caso del pacto con transmisión de presente de bienes, puede comprender toda clase de ellos, muebles, inmuebles, derechos y también obligaciones asumidas por el instituido.
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