Formularios

7.1. Autorización judicial al comisario-viudo o miembro superviviente de pareja de hecho investido por el/la causante con facultades para actos de enajenación a título oneroso de bienes inmuebles, empresas y explotaciones económicas, valores mobiliarios u

Nota- Dispone el art. 43.5 LDCV que si existieran legitimarios y los actos de enajenación a título oneroso realizados por el cónyuge viudo o miembro superviviente de la pareja de hecho designado comisario, representante y administrador del patrimonio hereditario se refiriesen a bienes inmuebles, empresas y explotaciones económicas, valores mobiliarios u objetos preciosos, será necesaria la autorización de cualquiera de los legitimarios con plena capacidad de obrar y…

7.2. Autorización judicial para enajenar bienes a título oneroso al comisario no investido por el/la causante con facultades de enajenación de bienes a título oneroso

Nota- De acuerdo con lo establecido en el artículo 37 LDCV, se puede solicitar por el/la comisario/a que no goce de las circunstancias recogidas en los artículos 43.4 y 43.5 LDCV, la autorización judicial para realizar actos de enajenación de los bienes sujetos al ejercicio del poder testatorio. Será de aplicación, por lo tanto, el formulario anterior recogido en el apartado 7.1, con las siguientes modificaciones, en lo…

DEMANDA EN SOLICITUD DE ALIMENTOS AL COMISARIO USUFRUCTUARIO PODEROSO

Nota- El art. 38 LDCV establece que, pendiente el ejercicio del poder testatorio, tendrán derecho a alimentos los hijos y demás descendientes del/de la causante en situación legal de pedirlos, con cargo a los rendimientos de los bienes hereditarios, si no hubiera otra persona obligada a prestarlos.

ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DE LA HERENCIA CON COMISARIO A LOS EFECTOS DE ACREDITAR LA REPRESENTACIÓN PROCESAL TANTO EN EL CASO DE LEGITIMACIÓN ACTIVA COMO PASIVA

Nota- El artículo 37 LDCV establece que el/la comisario/a, en defecto del cónyuge viudo o miembro superviviente de la pareja de hecho, o de la persona que el/la testador/a hubiera designado en su testamento, es el representante y administrador del caudal hereditario sujeto al ejercicio del poder testatorio. En consecuencia, y a diferencia de otras legislaciones civiles, goza de plena capacidad para poder actuar; tanto en el ejercicio…

DEMANDA DEL CÓNYUGE VIUDO O MIEMBRO SUPERVIVIENTE DE LA PAREJA DE HECHO SOLICITANDO DERECHO DE HABITACIÓN EN LA VIVIENDA CONYUGAL O DE LA PAREJA DE HECHO

Nota- Dispone el art. 54 LDCV que el cónyuge viudo o miembro superviviente de la pareja de hecho, además de su legítima, tendrá un derecho de habitación en la vivienda conyugal o de la pareja de hecho, mientras se mantenga en estado de viudedad, no haga vida marital ni tenga un hijo no matrimonial o no constituya una nueva pareja de hecho.
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