Nota- La DT 3a LDCV determina expresamente la retroactividad de lo establecido en el artículo 41 en relación al plazo del ejercicio del poder testatorio, y de lo recogido en los artículos 42 en cuanto a la posibilidad de ejercitar el poder en uno o varios actos u otorgamientos y 43.3, 43.4 y 43.5 LDCV respecto a las facultades del comisario administrador y representante del patriminio.

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