Nota- La sucesión por causa de muerte en los derechos y obligaciones del/de la causante (arts. 17 y ss. LDCV) como fenómeno de Derecho civil vasco sustantivo tiene su correlato en el Derecho procesal civil (arts. 16 y ss. y arts. 540 y ss. LEC). En este supuesto, el/la demandante solicita que se notifique a los sucesores del demandado la existencia del proceso y que se les emplace.
