Nota- La LRF en su Disposición Transitoria establece que “Las normas de esta Ley serán de aplicación a la revisión judicial de los convenios reguladores y de las medidas judiciales adoptadas con anterioridad a su entrada en vigor cuando alguna de las partes o el Ministerio Fiscal lo soliciten y el Juez estime que se dan las circunstancias recogidas en ella”.
