La constante Jurisprudencia del TS que, hasta la promulgación de la Compilación de Derecho Foral Vizcaíno de 1.959, venía entendiendo que la sucesión intestada se regía en la tierra llana vizcaína conforme a las normas del Código civil por aplicación de la Ley de Mostrencos. En tal sentido citamos las sentencias de dicho Tribunal de fechas 27 de mayo de 1.961 y 20 de marzo de 1.962.

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